domingo, 6 de mayo de 2007

El Ayuntamiento de Jimena, obligado a insonorizar el Reina Sofía

Leído en el diario Europasur. Por su interés reproducimos esta noticia.
G. ORTEGA
El juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Algeciras ha condenado al Ayuntamiento de Jimena a adoptar "de manera inmediata y eficaz" medidas para que el centro cultural Reina Sofía deje de molestar con sus actividades ruidosas a un vecino al que, además, deberá indemnizar con seis mil euros.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, el juzgado especifica que el vecino que denunció la actividad del citado centro cultural ha sufrido una merma en un derecho fundamental, cual es la inviolabilidad de su domicilio. Da por "constatada" la existencia de "ruidos excesivos" que el Ayuntamiento pudo evitar procediendo a la insonorización del local público. La "inactividad" del Consistorio merece "un reproche mayor" por el hecho de que el local que genera esos ruidos es de titularidad municipal.
La sentencia considera también suficientemente acreditada la existencia de un ruido excesivo "que se percibe y soporta en el domicilio del recurrente" y rechaza el argumento de la defensa de que la vivienda del denunciante no estaba insonorizada. "No es al titular de una vivienda colindante a quien la normativa impone adoptar medidas para que el ruido no le perjudique, sino a quien va a realizar una actividad que emite ese ruido", justifica.
El fallo, que será recurrido al TSJA, tiene precedentes, pero no tan contundentes. Se recuerdan, por ejemplo, sentencias contra un supermercado de Algeciras y un gimnasio de San Roque.

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