Mañana termina en toda España el Estado de Alarma decretado por el Gobierno el pasado 15 de marzo debido a la crisis de salud pública mundial ocasionada por la pandemia por coronavirus.
Después de las tres fases de desescalada, a partir de mañana domingo la Nueva Realidad conllevará la adopción de una serie de medidas sociales, laborales y económicas, para seguir enfrentando el contagio por coronavirus. Medidas que fueron aprobadas ayer por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.
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Nota de prensa de la Junta de Andalucía.
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MEDIDAS FRENTE AL COVID-19 TRAS EL ESTADO DE ALARMA
El Consejo de Gobierno aprueba las medidas preventivas del Covid-19 tras el estado de alarma
La orden refrenda la distancia social mínima de 1,5 metros y el uso de mascarilla cuando no pueda garantizarse esa medida
CONSEJO DE GOBIERNO SALUD COVID19 NORMALIDAD
El Consejo de Gobierno aprobó ayer en sesión extraordinaria la orden de la Consejería de Salud y Familias por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus, orden que se adopta para todo el territorio de la comunidad autónoma y que es de aplicación una vez superado el estado de alarma decretado por el Gobierno central.
En esta orden se establecen las condiciones sanitarias en las que ha de desarrollarse la actividad social y económica a partir del final del estado de alarma y en tanto lo aconsejen las autoridades de Salud Pública. El objetivo de estas medidas es evitar la propagación del virus entre la población, y su cumplimiento es exigible a todos los ciudadanos, en general, y a los titulares de cualquier actividad, en particular.
Como norma general en cualquier tipo de actividad, la orden señala que deberá mantenerse la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros, tal y como ha quedado establecida por el Real Decreto ley 21/2020 de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19. En caso de no poder asegurarse el mantenimiento de esa distancia mínima, deberán adoptarse medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla.
Asimismo, la orden establece para todos los establecimientos, locales de negocio, instalaciones y espacios de uso público medidas de higiene y prevención de carácter general. De esta manera, el titular de la actividad económica o responsable de las instalaciones deberá asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los establecimientos.
Las tareas de limpieza y desinfección deben prestar especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas y otros elementos de similares características.
En estas tareas deben utilizarse desinfectantes con actividad virucida debidamente autorizados y registrados, y, tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de manera segura. En el caso de que se empleen uniformes o ropa de trabajo, se procederá al lavado y desinfección regular de los mismos, siguiendo el procedimiento habitual.
Es necesario también realizar tareas de ventilación periódica en las instalaciones y, como mínimo, de forma diaria y durante el tiempo necesario para permitir la renovación del aire. Cuando los centros dispongan de ascensor o montacargas, se utilizarán preferentemente las escaleras. Cuando sea necesario utilizarlos, su ocupación máxima será de una persona, salvo que se trate de personas convivientes o que empleen mascarillas todos los ocupantes.
La ocupación máxima para el uso de los aseos, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares de clientes, visitantes o usuarios será de una persona para espacios de hasta cuatro metros cuadrados, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia; en ese caso, también se permitirá la utilización por su acompañante.
El establecimiento deberá promover el pago con medios que no supongan contacto físico entre dispositivos, así como la limpieza y desinfección de los equipos precisos para ello, y dispondrá de papeleras para depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Los materiales que sean suministrados a los usuarios durante el desarrollo de la actividad y que sean de uso compartido deberán ser desinfectados después de cada uso.
Los establecimientos y locales deberán exponer al público el aforo máximo de cada local y asegurar que dicho aforo, así como la distancia mínima de seguridad, se respeta en su interior. Para ello, deberán establecer sistemas que permitan el recuento y control del aforo. Cuando sea necesario, la circulación de personas y la distribución de espacios deberá modificarse para garantizar el mantenimiento de la distancia mínima de seguridad. Siempre que un local disponga de dos o más puertas, se podrá establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida.
Para los establecimientos de hostelería, se dispone un aforo máximo del 75% en el interior y del 100% en terrazas, con una agrupación máxima de 25 personas en ambos casos. Las atracciones de feria autorizadas por los ayuntamientos podrán ocupar la fila de asientos al 50%, con al menos 1,5 metros de distancia entre asientos; las atracciones sin asiento podrán disponer del 50% del aforo con distancia de seguridad, y del 30% del aforo en atracciones sin asientos en los que no se pueda garantizar la distancia de seguridad, pero con mascarilla y desinfección de manos.
En los eventos deportivos al aire libre, se establece un aforo máximo del 65%, con un límite de 1.500 personas. En espacios cerrados, el aforo será del 65% como máximo, con un límite 800 personas. Para los velatorios y entierros, el máximo será de 60 personas aire libre y 30 en espacios cerrados. La comitiva máxima será de 75 familiares o allegados, siempre guardando la distancia interpersonal o, en su caso, usando mascarilla. En los lugares de culto no se establece aforo predeterminado, pero se mantiene la garantía de distancia, la obligatoriedad de asiento y el uso de mascarilla.
Para los espectáculos taurinos se fija un aforo máximo del 50%, con distancia mínima de seguridad o, en su caso, mascarilla, y la recomendación de indicar butacas preasignadas.
CONSEJO DE GOBIERNO SALUD COVID19 NORMALIDAD
El Consejo de Gobierno aprobó ayer en sesión extraordinaria la orden de la Consejería de Salud y Familias por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus, orden que se adopta para todo el territorio de la comunidad autónoma y que es de aplicación una vez superado el estado de alarma decretado por el Gobierno central.
En esta orden se establecen las condiciones sanitarias en las que ha de desarrollarse la actividad social y económica a partir del final del estado de alarma y en tanto lo aconsejen las autoridades de Salud Pública. El objetivo de estas medidas es evitar la propagación del virus entre la población, y su cumplimiento es exigible a todos los ciudadanos, en general, y a los titulares de cualquier actividad, en particular.
Como norma general en cualquier tipo de actividad, la orden señala que deberá mantenerse la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros, tal y como ha quedado establecida por el Real Decreto ley 21/2020 de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19. En caso de no poder asegurarse el mantenimiento de esa distancia mínima, deberán adoptarse medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla.
Asimismo, la orden establece para todos los establecimientos, locales de negocio, instalaciones y espacios de uso público medidas de higiene y prevención de carácter general. De esta manera, el titular de la actividad económica o responsable de las instalaciones deberá asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los establecimientos.
Las tareas de limpieza y desinfección deben prestar especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas y otros elementos de similares características.
En estas tareas deben utilizarse desinfectantes con actividad virucida debidamente autorizados y registrados, y, tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de manera segura. En el caso de que se empleen uniformes o ropa de trabajo, se procederá al lavado y desinfección regular de los mismos, siguiendo el procedimiento habitual.
Es necesario también realizar tareas de ventilación periódica en las instalaciones y, como mínimo, de forma diaria y durante el tiempo necesario para permitir la renovación del aire. Cuando los centros dispongan de ascensor o montacargas, se utilizarán preferentemente las escaleras. Cuando sea necesario utilizarlos, su ocupación máxima será de una persona, salvo que se trate de personas convivientes o que empleen mascarillas todos los ocupantes.
La ocupación máxima para el uso de los aseos, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares de clientes, visitantes o usuarios será de una persona para espacios de hasta cuatro metros cuadrados, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia; en ese caso, también se permitirá la utilización por su acompañante.
El establecimiento deberá promover el pago con medios que no supongan contacto físico entre dispositivos, así como la limpieza y desinfección de los equipos precisos para ello, y dispondrá de papeleras para depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Los materiales que sean suministrados a los usuarios durante el desarrollo de la actividad y que sean de uso compartido deberán ser desinfectados después de cada uso.
Los establecimientos y locales deberán exponer al público el aforo máximo de cada local y asegurar que dicho aforo, así como la distancia mínima de seguridad, se respeta en su interior. Para ello, deberán establecer sistemas que permitan el recuento y control del aforo. Cuando sea necesario, la circulación de personas y la distribución de espacios deberá modificarse para garantizar el mantenimiento de la distancia mínima de seguridad. Siempre que un local disponga de dos o más puertas, se podrá establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida.
Para los establecimientos de hostelería, se dispone un aforo máximo del 75% en el interior y del 100% en terrazas, con una agrupación máxima de 25 personas en ambos casos. Las atracciones de feria autorizadas por los ayuntamientos podrán ocupar la fila de asientos al 50%, con al menos 1,5 metros de distancia entre asientos; las atracciones sin asiento podrán disponer del 50% del aforo con distancia de seguridad, y del 30% del aforo en atracciones sin asientos en los que no se pueda garantizar la distancia de seguridad, pero con mascarilla y desinfección de manos.
En los eventos deportivos al aire libre, se establece un aforo máximo del 65%, con un límite de 1.500 personas. En espacios cerrados, el aforo será del 65% como máximo, con un límite 800 personas. Para los velatorios y entierros, el máximo será de 60 personas aire libre y 30 en espacios cerrados. La comitiva máxima será de 75 familiares o allegados, siempre guardando la distancia interpersonal o, en su caso, usando mascarilla. En los lugares de culto no se establece aforo predeterminado, pero se mantiene la garantía de distancia, la obligatoriedad de asiento y el uso de mascarilla.
Para los espectáculos taurinos se fija un aforo máximo del 50%, con distancia mínima de seguridad o, en su caso, mascarilla, y la recomendación de indicar butacas preasignadas.
En cuanto al uso de playas, la orden remite a las Recomendaciones de Protección de la Salud para la apertura de Zonas y Aguas de Baño en Andalucía relacionadas en el apéndice incorporado al Decreto-ley 12/2020, de 11 de mayo, que establece medidas urgentes y extraordinarias relativas a la seguridad en esto espacios. En cualquier caso, deberá mantenerse la norma general en cuanto a distancia social mínina de 1,5 metros o uso de mascarilla.
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DECRETO Y ORDEN EN EL BOJA
Consejería de Salud y Familias
Orden de 19 de junio de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de
salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la
crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19), una vez superado el
estado de alarma
Consejería de la Presidencia, Administración Pública
e Interior
Decreto-ley 17/2020, de 19 de junio, por el que se modifica, con carácter
extraordinario y urgente, la vigencia de determinadas medidas aprobadas
con motivo de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), ante la
finalización del estado de alarma.
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GÚIA DE MEDIDAS PARA LA NUEVA REALIDAD EN ANDALUCÍA TRAS LA SUPERACIÓN
DEL ESTADO DE ALARMA COVID-19
9 comentarios:
¿A que viene eso de la nueva realidad, sera la normalidad, como antes era o es que ya nunca volvera a ser como antes? Esto tiene una pinta que no me gusta, detras de todo esto hay algo gordo, tiempo al tiempo.
Al de las 4:23-Ya verás cuando te pongan la vacuna contra la covid-19 y te metan el ¨chis¨, no vas a poder hacer nada sin estar controlado.Y es que el demonio-Gates quiere teneros bajo su ala y saber todo lo que pensáis y hacéis para así poder vender vuestras almas al mejor postor.Menos mal que el ¨mal¨ no le puede ganar al ¨bien¨ y para eso Dios ha enviado a los de Vox, para que no caigáis en la tentación y protegeros de las garras del maligno.
Espero que con la COVID 19, ocurra lo mismo en sanidad con lo que ocurrió en Cataluña con el virus de la independencia.
Cuando se expandió el virus independentista en Cataluña, se movilizó a la Guardia Civil y a la Policía Nacional para derrotar a ese virus. A cambio por su esfuerzo, el Gobierno compensó tanto a la G. Civil como a la P. Nacional con una subida del sueldo.
¿Ocurrirá ahora lo mismo con el sector sanitario? Me temo mucho que no sea así. El color blanco, no impone como el verde o el azul marino.
Si la sociedad que aplaudía a las 20 horas todos los días a los de la bata blanca, y ahora mira a otro lado, nos puede pasar como a ese pueblo del flautista de Hamelín. La COVID 19 se ha llevado a nuestros mayores, pero si vuelve, y los sanitarios estén desanimados y desatendidos, puede que se lleve a nuestros hijos. (Es una fábula)
No soy del sector sanitario y catalán, pero, "si por dar palos y quitar urnas", han sido recompensados, sería inhumano no dar al sector sanitario lo que solicitan. Porque los tres sectores nos protegen por igual.
😁😂🤣🤣🤣
Muy bien dicho. ¿Si a los guardias les hubiesen mandado a cataluña con porras de pichiglás y pistolas de agua, hubiesen ido? Eso es lo que ha pasado con la gente de sanidad, y ellos si han estado en primera linea, sin rehusar su responsabilidad. Es justo que sus contratos laborales sean parecidos a de los futbolistas, que solo saben dar patadas a una cosa redonda y por ese saber cobran millones.
¡Cuando te pones el polo, el verano está encima!.
Ayer fue primavera, hoy es verano; lo sabemos por la cantidad de soles que hoy nos iluminan.
No enfrentéis a los tres estamentos más necesarios de un Estado de Derecho, simplemente porque cumplen fielmente con su obligación para la supervivencia del mismo. Ellos están perfectamente cualificado para su misión, pero no son culpables de sus limitaciones de personal, de medios y material. Ni tampoco de serles fiel a los gobiernos legítimamente constituidos en la forma que estipula la Constitución mediante el voto o la unión de votos de los ciudadanos. Ellos no son libres, no, en cuanto a utilizar ningún tipo de dinero para autoabastecerse de todo lo necesario ni para prevenir lo que pueda acontecer, eso es materia reservada a los políticos gobernantes. Bastante tienen con poner constantemente su vida en peligro en beneficio del bien común. Sus fallos o sus errores involuntarios son debidamente juzgados y castigados con más rigor que los de cualquier otro individuo de la sociedad, sea hombre o mujer. Y no lo discuten. Pero lo que más les duele es la impotencia ante las calumnias y al ser juzgados sin Jueces por las víperas lenguas de la envidia, el odio y el rencor. Ellos han de ser instrumentos fieles y legales al gobierno, salvo que las órdenes vayan en contra de la Ley. Ellos hacen la Ley, están para hacerlas cumplir con arreglo a la Carta Magna. Y lo hacen con los medios que tienen, y denunciando lo incorrecto ante las autoridades competentes. Al igual que los mismos sanitarios, tan obligados con sus pacientes, pero también, exclusivamente, con sus conocimientos y cualidades y los medios que tengan al alcance de su importante labor. Esos medios, ese personal y esos conocimientos, independientemente de la cualidad de cada profesional, se los de facilitar el Estado, y, si hay deficiencia, tal como en las Fuerzas de Orden Público, será responsabilidad del Estado, una grave responsabilidad porque atenta contra los derechos de los ciudadanos. Y si todos los ciudadanos no aportan con arreglo proporcional a sus ganananciales, es culpa del Estado, que no lo haga o que no lo descubra en los paraísos fiscales. No debe recaer toda la carga en los más débiles, en aquellos sujetos a nóminas perfectamente pagando sus tributos con una parte contributiva de ese trabajo. Mientras que los grandes ricos no paran de evadir y de poseer más de lo que debiera. La contribución ciudadana de unos y de otros ha de ir en proporción a sus reales ganancias, pero debidamente inspeccionadas desde arriba hasta abajo ¿ A cuántos personajes nacionales idolatramos sin pararnos a pensar porqué viven a todo lujo en países extranjeros? Hay países hechos sobre "Venga el dinero de dónde venga y de qué venga, que bien venido sea"; "lo que no hay que dejar escapar es ni un céntimo". Eso en España falla al gusto. ¿Dónde están los billetes morados de a 500 y los amarillos de a 200?: todos evadidos y escondidos, incluso bajo tierra y entre muros, empaquetados y atrayendo a más a esos rincones fuera de la legal circulación, blanqueándose muchísimo en mil variadas formas ¡Éso también repercute negativamente en el Estado y con ello, en el ciudadano que honradamente paga! Dinero negro ese que viene de la droga, y del contrabando de muchas cosas, pero también y mucho vienen de los zulos llenos de dinero evadido por algunas industrias y negocios. Pues bien, quién paga todo el pato de esa pérdida de dinero: la industria legal, los empresarios legales, la mediana empresa y el trabajador.
¿A quién le descontarán de su sueldo para rellenar el hueco perforado por el Covid-19? Ustedes mismos ya lo saben. ¿O cambiará, como debiera ser, el meollo? Pintas hay, veremos a ver. ¿Por qué los comentaristas no se dedican más a exponer estos problemas que tanto nos afectan? Sencillamente porque estamos acostumbrados/as a que sea para nada. Ya lo vemos hasta normal ¡Pues no lo es, carajo...!
¡Pues no lo es, carajo...! Me despido de vosotros:
Mientras Corinto, en lágrimas deshecho,
La sangre de su pecho vierte en vano,
Vende Lice a un decrépito indïano
Por cient escudos la mitad del lecho.
¿Quién, pues, se maravilla deste hecho,
Sabiendo que halla ya paso más llano,
La bolsa abierta, el rico pelicano,
Que el pelícano pobre, abierto el pecho?
Interés, ojos de oro como gato,
Y gato de doblones, no Amor ciego,
Que leña y plumas gasta, cient arpones
Le flechó de la aljaba de un talego.
¿Qué Tremecén no desmantela un trato,
Arrimándole al trato cient cañones?
Varia imaginación que, en mil intentos,
A pesar gastas de tu triste dueño
La dulce munición del blando sueño,
Alimentando vanos pensamientos,
Pues traes los espíritus atentos
Sólo a representarme el grave ceño
Del rostro dulcemente zahareño
(Gloriosa suspensión de mis tormentos),
El sueño (autor de representaciones),
En su teatro, sobre el viento armado,
Sombras suele vestir de bulto bello.
Síguele; mostraráte el rostro amado,
Y engañarán un rato tus pasiones
Dos bienes, que serán dormir y vello.
Las fuerzas del mal quieren controlarnos con un chis, chis, chis.
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