Leído en el diario Europa Sur. Por su interés reproducimos esta noticia.
Acusan al guardia civil que mató a un joven de homicidio imprudente grave
La Fiscalía pide un año y seis meses de cárcel y 95.000 euros de indemnización · La acusación recurre el escrito de calificación y la Audiencia Provincial descarta la existencia de dolo en el suceso
Acusan al guardia civil que mató a un joven de homicidio imprudente grave
La Fiscalía pide un año y seis meses de cárcel y 95.000 euros de indemnización · La acusación recurre el escrito de calificación y la Audiencia Provincial descarta la existencia de dolo en el suceso
E. Correa
El guardia civil que mató a un joven de Estepona al disparar de manera fortuita en Jimena ha sido acusado por la Fiscalía de un homicidio imprudente de carácter grave. La pena correspondiente al delito es de un año y seis meses de cárcel y 95.000 euros de indemnización.
El guardia civil que mató a un joven de Estepona al disparar de manera fortuita en Jimena ha sido acusado por la Fiscalía de un homicidio imprudente de carácter grave. La pena correspondiente al delito es de un año y seis meses de cárcel y 95.000 euros de indemnización.
Con independencia al escrito de calificación remitido por el fiscal, aún queda el que aporte el abogado de la acusación y el letrado que representa al agente, Antonio Barba.
Este abogado informó ayer a Europa Sur que la familia del joven recurrió el acto de calificación. De este modo, la Audiencia Provincial de Algeciras dispuso en apelación que el homicidio estaba exento de dolo por parte del agente, entendido este término como el conocimiento y la voluntad de realizar un delito o conducta punible por parte del autor que lo comete. Debido a este recurso, el proceso se ha demorado ya que hubo que esperar al dictamen de la Audiencia Provincial.
El 13 de julio de 2006 Miguel Clavijo Escarcena, de 21 años, viajaba en una furgoneta con dos compañeros de trabajo por el kilómetro 23 de la A-405, en la salida de La Estación de Jimena con dirección a Algeciras, aproximadamente a las tres y cuarto de la tarde, cuando el guardia civil destinado en Jimena apostado en la curva disparó su pistola reglamentaria alcanzando al joven, que murió al instante.
El letrado de la familia insistió desde un principio en que se trataba de un asesinato. Por este motivo, disconformes con la calificación de homicidio imprudente, recurrieron en apelación. No obstante, la Audiencia descartó la existencia de dolo en los actos llevados a cabo por el agente. Según esta apreciación, el guardia civil no tuvo voluntad consciente, encaminada a la perpetración del homicidio por el que se le acusa.
Sin embargo, en el procedimiento deberán sumarse ahora las calificaciones del delito o falta que estimen tanto la acusación como la defensa.
Aunque la diferencia entre un homicidio imprudente de carácter grave o leve radica en que el primero es considerado como delito, mientras que el segundo entra dentro de las faltas, la defensa del guardia civil implicado no renuncia a pedir la calificación de imprudencia leve para su representado e incluso la libre absolución.
Fue el Juzgado de Instrucción número 1 de San Roque quien conoció la causa y tomó declaración al agente y a los dos compañeros que viajaban en la furgoneta con el joven. El hecho causó gran conmoción tanto a la familia de Miguel Clavijo como al agente implicado y su entorno.
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