miércoles, 26 de febrero de 2014

Los socialistas convocan un pleno extraordinario para iniciar los trámites en defensa de la autonomía local

Nota de prensa del GM Socialista en el ayuntamiento de Jimena.
Se convoca un Pleno Extraordinario tras la solicitud realizada por el Grupo Municipal Socialista, para tratar una propuesta de acuerdo relativa al inicio de trámites en defensa de la Autonomía Local de los Ayuntamientos.
El próximo martes 4 de marzo, a las 6 de la tarde se celebrará un Pleno Extraordinario con un único punto en el orden del día,  para  tratar la propuesta relativa al inicio de trámites en defensa de la Autonomía Local de los Ayuntamientos. Este Pleno Extraordinario, se convoca tras la solicitud realizada por el Grupo Municipal Socialista el pasado 14 de Febrero, al amparo de la legislación.

Tras la aprobación de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, y la publicación de la misma en el B.O.E., se está llevando una iniciativa desde varios partidos políticos a nivel nacional, entre los que se encuentra el PSOE, para iniciar la tramitación de un recurso ante el Tribunal Constitucional.
Desde que se conoce el anteproyecto de la Ley, han sido muchas las críticas que ha recibido, ya que debemos recordar que entre otros motivos:
-    Esta Ley quita competencias a los Ayuntamientos, especialmente a los pueblos de menos de 20.000 habitantes.
-    Varios servicios que actualmente prestan estos Ayuntamientos menores, los empezarán a realizar las Diputaciones, pasando definitivamente a manos privadas, eliminando la calidad del servicio público.
-    Los Ayuntamientos tendrán a partir de ahora una posición de subordinación y dependencia jerárquica de otras administraciones.
-    Esta Ley vulnera el principio democrático en el ámbito local, y en vez de mejorar la eficiencia y ahorrar va a multiplicar el gasto. Potenciando las duplicidades.
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Según regula el funcionamiento del Tribunal Constitucional, se podrán interponer recursos ante la aplicación de este tipo de leyes, con unos condicionantes como que debe ser el Pleno de  los Ayuntamientos el órgano que lo puede solicitar con acuerdo de mayoría absoluta y presentarlo dentro de los tres meses siguientes a la publicación en el B.O.E., es decir antes del 30 de Marzo de 2014.
En el día de hoy, el Parlamento de Andalucía, ha aprobado esta misma propuesta, con el apoyo del PSOE e I.U., y durante estos días se está produciendo esta misma iniciativa en muchos municipios del país.
Desde el Grupo Municipal Socialista esperamos el apoyo unánime del resto de grupos municipales, ya que con la aplicación de esta nueva Ley de Administración Local, perjudica especialmente a municipios menores de 20.000 habitantes, tal como sucede con el de Jimena de la Frontera.
En Jimena de la Frontera a 26 de Febrero de 2.014.

EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA.
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PROPUESTA DE ACUERDO AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE JIMENA DE LA FRONTERA RELATIVA AL INICIO DE TRÁMITES EN DEFENSA DE LA AUTONOMÍA LOCAL.
D. Pascual L. Collado Saraiva como Portavoz del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Jimena de la Frontera, y al amparo del art. 97.3 del R.D. 2568/1986 de 28 de noviembre, del R.O.F., viene a presentar para su aprobación la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO en base a la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los artículos 140 y 141 de la Constitución Española, no sólo garantizan y protegen la existencia de municipios y provincias, sino que configuran ambas entidades integrando un nivel en la articulación territorial del Estado, atribuyendo a sus órganos, ayuntamientos y diputaciones, las funciones de gobierno y administración de municipios y provincias, al tiempo que legitiman sus políticas como expresión del pluralismo político y manifestación del principio democrático.
La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local invierte radicalmente esta interpretación. El Estado deja de ser garante de la autonomía para municipios y provincias y pretende pasar a impedir o dificultar la mejora y ampliación de la autonomía local por las Comunidades Autónomas.
Son tres grandes bloques de contenidos de la Ley 27/2013 los que lesionan la garantía constitucional de la autonomía local:
1.- El desapoderamiento competencial de los municipios con vulneración de la garantía constitucional de la autonomía local reconocida en los artículos 137 y 140 de la Constitución.
2.- La inclusión de mecanismos de tutela, condicionantes y controles de oportunidad con vulneración de la garantía constitucional de la autonomía local.
3.- La vulneración del principio democrático en el ámbito local.
Es necesario iniciar la tramitación para formalizar un conflicto en defensa de la autonomía local contra los artículos primero y segundo y demás disposiciones afectadas de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre de 2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, en este sentido, la Ley reguladora del Tribunal Constitucional, establece que se podrán interponer recursos con el apoyo de un séptimo de los municipios españoles que a su vez representen como mínimo un sexto de la población oficial, dentro el plazo de los 3 meses siguientes a su publicación en el B.O.E.
 Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Jimena de la Frontera, propone al Pleno los siguientes

ACUERDOS:
PRIMERO.- Iniciar la tramitación para la formalización del conflicto en defensa de la autonomía local contra los artículos primero y segundo y demás disposiciones afectadas de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre de 2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (BOE nº 312 de 30 de diciembre de 2013) de acuerdo al texto que se adjunta, según lo señalado en los arts. 75 bis y siguientes de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.
SEGUNDO.- A tal efecto, solicitar Dictamen del Consejo de Estado, conforme a lo establecido en el art. 75 ter 3 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, por conducto del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a petición de la entidad local de mayor población (art. 48 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local), así como otorgar a dicha entidad la delegación necesaria.
TERCERO.- Facultar y encomendar al Alcalde, D. Guillermo Ruiz Ruiz,  para la realización, en tiempo y forma,  de todos los trámites necesarios para llevar a cabo los acuerdos primero y segundo y expresamente para el otorgamiento de escritura de poder tan amplio y bastante como en derecho se requiera a favor de la Procuradora Dña. Virginia Aragón Segura, col. nº 1040 del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid para que, en nombre y representación del Ayuntamiento de Jimena de la Frontera (Cádiz), de forma solidaria e indistinta, actuando como comisionada, interponga conflicto en defensa de la autonomía local contra la ley 27/2013, de 27 de diciembre de 2013 (BOE nº 312 de 30 de diciembre de 2013), de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local siguiéndolo por todos sus trámites e instancias hasta obtener sentencia firme y su ejecución.
Jimena de la Frontera a 14 de Febrero de 2.014.
EL PORTAVOZ


Fdo.: Pascual L. Collado Saraiva.


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