En este sitio hemos dejado escritas muchas referencias a la Junta Municipal de Distrito de San Pablo de Buceite. Igualmente a la existencia lógica de un Reglamento Municipal Regulador de esta JMD aprobado en 2003 por el ayuntamiento de Jimena -Ver pág. 20 del BOP de Cádiz-. Pero parece que después de que uno de los puntos más importantes, el que señala como se elige al presidente de esta entidad -Capítulo II, Artículo 5, Punto 1-, no haya gustado a algunos de los partidos perdedores de las elecciones en San Pablo; se ha llegado a cuestinar no sólo este punto en concreto, sino que se ha puesto en duda la legalidad del propio reglamento, y con ello la legitimidad de todos los sampableños a disfrutar de la autogestión conseguida hace 7 años, y también de elegir libremente y en democracia al "alcalde" de su pueblo.